El OJD tiene un procedimiento
conciliatorio interno que ofrece soluciones prontas y justas a denuncias de
presunta discriminación por parte del Departamento Jurídico por motivo de
discapacidades, en contravención de los reglamentos del Departamento de Justicia
de EE.UU. que implementan el Título II de la ADA. Dicho Procedimiento cumple
con el 28 CFR 35.107(b).
El registro de la denuncia
1. Toda persona que denuncie una
presunta discriminación por el Departamento Jurídico o sus empleados por motivo
de la discapacidad de la persona debería registrar una denuncia tan pronto como
sea posible, en todo caso no después de los 45 días calendarios subsiguientes a
la presunta contravención. La denuncia tiene que:
a. estar fechada y firmada por la persona que imputa tal
discriminación o por el representante de dicha persona (de solicitarse, se harán
otros arreglos para registrar la denuncia);
b. incluir el nombre,
dirección, número telefónico y dirección de correo electrónico de la persona (y
de su representante, de haberlo) que la registra;
c. describir de manera
breve, pero con suficientes detalles, los motivos de la(s) presunta(s)
contravención(es) de los reglamentos;
d. indicar la fecha, el lugar y la
naturaleza del incidente, incluyendo el nombre, si se conoce, de todo
funcionario o empleado involucrado, así como los nombres de toda persona testigo
del incidente; e
e. indicar una medida correctiva que podría resolver la
contravención o contravenciones imputadas.
2. Las personas que denuncian una presunta discriminación tienen que
registrar la denuncia en el tribunal local o División de OSCA del Departamento
Jurídico con
la persona o personas, quienes han sido designadas para coordinar las labores de
acatamiento a la ADA. La persona arriba nombrada notificará por escrito a
todas las personas, acusando recibo de la denuncia.
3. Una investigación seguirá al registro de una denuncia, según sea
apropiado. Este proceso informal brinda a las personas que denuncian una
presunta discriminación y a sus representantes, de haberlos, una oportunidad de
presentar información o pruebas acerca de la denuncia.
4. Dentro de 45
días calendarios después del registro de la denuncia, el empleado del OJD arriba
nombrado expedirá por escrito una copia de las decisiones en cuanto a la validez
de la denuncia y, de haberlas, las resoluciones, a las personas que denuncian
una presunta discriminación.
5. La autoridad administrativa local deberá
conservar los expedientes y actas relacionados con las denuncias por un período
de tres años.
Solicitud de reconsideración
1. Personas que denuncian una presunta
discriminación podrán solicitar una reconsideración en casos donde no estén
satisfechas con las decisiones o resoluciones escritas. La solicitud de
reconsideración debería hacerse dentro de los 45 días calendarios inmediatamente
posteriores a la expedición de las decisiones o resoluciones escritas y tiene
que registrarse por escrito ante:
OJD Statewide ADA Coordinator
Office of the State Court
Administrator
Supreme Court Building
1163 State Street
Salem, OR
97301-2563
Teléfono: 503.986.5500
El Coordinador ADA a Nivel Estatal notificará a toda persona
que denuncia una presunta discriminación, acusando recibo de la denuncia.
2. El Coordinador ADA a Nivel Estatal expedirá una copia de la respuesta
escrita a la solicitud de reconsideración a las personas que denuncian una
presunta discriminación a más tardar 45 días calendarios después de recibida
dicha solicitud.
3. La Oficina del Administrador de Tribunales Estatales
deberá conservar los expedientes y actas de toda solicitud de reconsideración,
durante un período de tres años.
El uso del procedimiento de
conciliación del Departamento Jurídico no afecta de ninguna manera el derecho de
personas que denuncian una presunta discriminación de buscar otros recursos bajo
la ADA, tales como registrar una denuncia ADA ante el departamento, dependencia
o tribunal federal responsable.
Copias del presente anuncio o formatos alternativos del mismo
están disponibles bajo solicitud.